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Código Fiscal Artículo 41 septies Estado de Sonora


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código Fiscal
Artículo 41 septies.

El dictamen del cumplimiento de obligaciones fiscales deberá contener la documentación siguiente:

a) Carta de presentación del dictamen;

b) Cuestionario de autoevaluación fiscal:

c) La verificación documental realizada;

d) La revisión de bases, cálculo y entero de los impuestos correspondientes.

e) La declaración, bajo protesta de decir verdad, del apego del dictamen a lo ordenado en las disposiciones fiscales, así como la opinión acerca del cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente, indicando, en su caso, las omisiones observadas, independientemente de su importancia relativa.

f) La demás información y documentación que se establezca en las reglas generales administrativas que emita la Secretaría de Hacienda.

Para los efectos del contenido del dictamen, su elaboración y presentación, se estará a lo dispuesto en las reglas generales administrativas que establezca la Secretaría de Hacienda



Estado de Sonora Artículo 41 septies Código Fiscal
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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